Área de práctica 01
Asesoría legal en los distintos aspectos relacionados con la constitución y el funcionamiento de las empresas en México.
Qué resolvemos
La vida jurídica de una empresa no termina cuando se constituye. Cada cambio de socios, cada ampliación de capital y cada decisión del consejo debe quedar documentada conforme al marco jurídico mexicano, o se convierte en un problema el día que hay una auditoría, una venta o un conflicto entre accionistas.
Acompañamos a la empresa en ese recorrido: constituimos la sociedad con la estructura que corresponde a su operación real, mantenemos al día el libro corporativo e intervenimos en las operaciones que modifican su estructura.
Alcance del servicio
Preguntas frecuentes
Depende de cuántos socios participan, de si habrá inversión extranjera, del régimen fiscal que le convenga y de cómo quiera repartir el control. La S.A. de C.V. y la S. de R.L. de C.V. son las más usadas, y la diferencia práctica está en cómo se transmiten las participaciones y en el tratamiento que reciben en el país de origen del inversionista. Antes de elegir revisamos su operación real, no solo el trámite.
Sí, en la gran mayoría de los giros. Existen actividades reservadas o con límites de participación, y algunas requieren autorización previa. Además, el socio extranjero debe cumplir requisitos de identificación y, según el caso, inscribirse en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras. Lo revisamos antes de constituir para que no aparezca un obstáculo a medio camino.
Es el conjunto de libros y actas donde consta quién es socio, qué se acordó en cada asamblea y quién tiene facultades para obligar a la empresa. Suele ignorarse hasta que llega una auditoría, una venta o un conflicto entre socios, y entonces su ausencia se vuelve un problema caro. Mantenerlo al día cuesta poco; reconstruirlo después, mucho.
En la fusión dos o más sociedades se integran en una sola. En la escisión una sociedad se divide y traslada parte de su patrimonio a una o varias sociedades nuevas. Ambas tienen efectos fiscales, laborales y frente a acreedores que deben planearse antes de ejecutarlas, no después.
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