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Área de práctica 07

Comercio Exterior y Aduanas

Asesoría jurídica en asuntos relacionados con actos de comercio exterior y aduanas.

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Qué resolvemos


El costo real de una fracción arancelaria mal asignada

Una fracción arancelaria incorrecta o un INCOTERM mal pactado no se notan al firmar: se notan cuando la mercancía queda detenida en la aduana, cuando el impuesto pagado no era el que correspondía, o cuando resulta que el riesgo del embarque era de quien no lo había previsto.

Revisamos la operación completa —contrato, documentación y clasificación— para que la mercancía cruce sin sorpresas y la empresa pueda sostener su criterio ante una revisión.

Alcance del servicio


  • Asesoría jurídica en asuntos relacionados con actos de comercio exterior y aduanas
  • Consultoría y asesoría en materia de INCOTERMS
  • Cartas de embarque, pedimentos y facturas comerciales
  • Fracciones arancelarias

Preguntas frecuentes


Dudas que nos plantean con frecuencia

¿Qué es una fracción arancelaria y por qué importa tanto?

Es el código que clasifica la mercancía y determina los impuestos, las restricciones y los permisos aplicables. Una clasificación incorrecta puede significar impuestos pagados de menos —con la contingencia que eso genera— o de más, además de mercancía detenida en aduana. Es de los errores más frecuentes y más caros.

¿Qué son los INCOTERMS y por qué debo cuidarlos?

Son términos internacionales que definen hasta dónde llega la responsabilidad de cada parte en una compraventa: quién paga el flete, quién asume el riesgo y en qué momento se transfiere. Pactar el INCOTERM equivocado puede dejarle el riesgo del embarque a quien nunca lo previó ni lo aseguró.

¿La empresa es responsable si el agente aduanal se equivoca?

El importador conserva responsabilidad sobre la información y la documentación de la operación, aun cuando intervenga un agente aduanal. Por eso conviene revisar los pedimentos y no asumir que todo el riesgo quedó delegado.

¿Qué documentación debo conservar de una importación?

Pedimentos, facturas comerciales, documentos de transporte, certificados de origen y todo lo que soporte el valor declarado y la clasificación. Debe conservarse por los plazos que marca la normatividad, porque una revisión puede llegar años después de la operación.

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